LLM UC realizó un nuevo encuentro del Ciclo Conversatorios de Contrapuntos de Última Jurisprudencia Laboral

LLM UC realizó un nuevo encuentro del Ciclo Conversatorios de Contrapuntos de Última Jurisprudencia Laboral

En la oportunidad se realizó la presentación del Volumen Trimestral del CUJL y Discusión Sobre la Base de Cálculo para las Indemnizaciones.

 

El pasado miércoles 25 de agosto, en el contexto de la presentación de la segunda edición de los Cuadernos de Última Jurisprudencia Laboral (http://magisterenderechollm.uc.cl/es/publicaciones/cuadernos-de-ultima-jurisprudencia-laboral), se efectuó el Conversatorio ‘Contrapuntos de Última Jurisprudencia Laboral’, instancia que abordó la exposición del Volumen Trimestral del CUJL y Discusión Sobre la Base de Cálculo para las Indemnizaciones. La actividad fue organizada por el Programa de Magíster en Derecho LLM UC (LINK) y su mención de Derecho del Trabajo y Seguridad Social y contó con las exposiciones de Hugo Fábrega, presidente de la Sociedad Chilena de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, y María Soledad Jofré Bustos, profesora de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Talca. La conversación fue moderada por Rodrigo Azócar, profesor de Derecho y LLM UC.

La actividad comenzó con una breve presentación del profesor Azócar sobre de los Cuadernos de Última Jurisprudencia Laboral, quien comentó que “buscamos dar a conocer y analizar la jurisprudencia judicial y administrativa en materia laboral, difundiendo no solo problemas jurídicos, sino además la interpretación realizada por los tribunales superiores de justicia y la autoridad administrativa laboral, evidenciando las novedades, tendencias y giros jurisprudenciales, contribuyendo así al debate y discusión en torno a la jurisprudencia y a los principales problemas legales de aplicación práctica”.

Luego intervino la profesora María Soledad Jofré, quien se refirió al caso de la Corte Suprema al incorporar las horas extraordinarias dentro de la base de cálculo de la última remuneración mensual para el caso de las indemnizaciones por término de contrato, está en lo correcto o no en incorporar este estipendio, cuando ha perdido la calidad accidental y se ha transformado en definitiva en un pago habitual para el trabajador, la académica manifestó que “teniendo a la vista lo que señala el propio artículo 172 que, cuando establece cuales son los conceptos que deben incluir en esta base de cálculo, expresamente señala que los pagos por sobresueldo que son los que corresponde a las horas extras, deben ser excluidos de la base de cálculo, entonces la pregunta es si hay una contradicción o no, y yo creo que no”.

Por su parte el presidente Fábrega, también entregó una visión de la sentencia, comentando que “es muy importante dejar en claro que estamos en presencia de la opinión de la cuarta sala de la Corte Supremae cuya función de unificar jurisprudencia en materias laborales y de seguridad social, ha transitado desde la modificación al sistema recursivo, ya la última década por distintas etapas, en esto hay pocos estudios, pero existen donde, nosotros podemos distinguir claramente, al menos cuatro etapas, en donde la Corte Suprema ha transitado en su valoración, en cuatro ideas fundamentales. En primer lugar, criterios que ha sido reunificados, durante la vigencia del sistema recursivo que le han entregado competencias a la Corte Suprema a propósito de unificar el derecho o materias de derecho que han sido contrapuestas en los tribunales superiores”.

Revisa la presentación completa acá

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